Cuando el nombre del grupo no es de la banda sino del más rápido en registrarloElena Cabrerael agosto 8, 2022 a las 8:32 pm

¿Quién tiene derecho a seguir usando el nombre de un grupo cuando este se separa? La respuesta es: el más rápido en ir a la Oficina de Patentes y Marcas a registrarlo. No el cantante, ni el más veterano, ni el que más salía en las fotos, ni siquiera al que se le ocurrió el nombre.

Esa es una de las lecciones que se extraen de la pelea en tribunales que diferentes miembros —unos más antiguos que otros— del grupo de rock progresivo andaluz Triana, formado en 1974. Una consulta en el buscador de marcas de la entidad que las gestiona en España informa de que fue Juan José Palacios Tele el primero que, en 2001, solicitó el registro del nombre. Este batería y productor murió un año después y los derechos pasaron a sus herederos. El único miembro vivo original de la banda, el guitarrista y compositor Eduardo Rodríguez Rodway, no tiene derecho a usar el nombre, según sentencia judicial. Muchos piensan que Triana murió a la vez que lo hizo en accidente de tráfico su mítico cantante, Jesús de la Rosa, en 1983. Pero los discos del grupo han seguido apareciendo, desde 1997, con Tele a la batería y un nuevo cantante, Juan Reina, que es quien actualmente sigue usando el nombre de Triana. Rodway ha llamado a los componentes de ese nuevo grupo «usurpadores», pero esa es otra historia y con otro recorrido judicial.

Cuando los grupos inician su carrera musical y no cuentan con un mánager bien informado o asesoramiento legal, lo habitual es que registrar el nombre del grupo se la última de sus preocupaciones. «Les pasa totalmente desapercibido», explica la abogada Paula Sánchez, del bufete especializado en la industria musical Sympathy of the Lawyer. Las primeras inquietudes tienen más que ver con «los contratos que van a firmar, las colaboraciones entre los componentes del grupo, el registro de las canciones o su alta en la entidad de gestión correspondiente». Incluso el ingrato asunto de los derechos de propiedad intelectual, «que no industrial, donde se enmarca el registro marcario», suelen requerir más atención.

Son precisamente los litigios de repercusión pública lo que está cambiando la mentalidad entre los clientes de Sánchez, que, aunque admite que no son los más habituales, hace unos días ha aceptado un caso sobre la marca de una banda registrada únicamente por uno de los componentes. A todos los grupos nuevos ella les recomienda que lo hagan de inmediato, y no es la única en advertirlo. «Es una de las primeras cosas que tiene que hacer un grupo cuando se forma», aconseja José Antonio Gil Celedonio, director general de la Oficina de Patentes y Marcas, «además es muy barato, 125 euros de una tasa que se paga una sola vez y es una forma de protegerse para comercializar su proyecto, vender entradas de conciertos, grabar discos o vender camisetas y todo tipo de merchandising».

Gil pone como ejemplo a Rosalía y realiza una consulta en la base de datos de la Oficina, que es pública. El sistema de registro de marcas está estructurado en diferentes clases, un conjunto de categorías denominado Niza. De esta manera, Rosalía, como hizo Juan José Palacios de Triana, ha registrado su nombre en la clase 41 –servicios culturales, de entretenimiento y educativos– pero la artista catalana ha pagado más de esos 125 euros porque ha registrado su nombre en un total de siete clases. «Parece que ha estado bien asesorada», indica Gil Celedonio. Rosalía ha realizado un registro muy orientado al negocio de explotación de su marca en diferentes productos que podría comercializar, más allá de la música. «Rosalía» puede ser un reloj, un móvil, una pulsera, un monedero, una marca de ropa o un modelo de zapatillas. También se ha cubierto las espaldas registrando su nombre en la categoría para soportes musicales y videográficos, productos de imprenta como libros, pósteres, programas de conciertos, fotografías de eventos y los servicios de venta online de todos estos productos. Aunque su carrera comenzó en 2017, no fue hasta dos años después cuando pasó por la ventanilla del registro de marcas, ya con El mal querer en la calle. Lo que no podría comercializar Rosalía es un vino o un licor con su nombre, pues ese derecho lo tiene registrado Constantina Sotelo para su albariño Rosalía de Castro.

Tener la propiedad industrial de la marca es lo que ha permitido a Xavier Font, creador y miembro original de Locomía, explotar el nombre a lo largo de los años, independientemente de su formación y con proyectos de futuro, como presentarse a Eurovisión.

Para registrar un nombre de un grupo en la Oficina de Patentes y Marcas no hace falta demostrar nada, tan solo rellenar la instancia y pagar la tasa. Los derechos le corresponderán a esa persona durante 10 años y podrá renovarla siempre que demuestre que la esté usando. Si la marca «se muere» por falta de uso, se pierde el derecho, explica José Antonio Gil Celedonio. Por eso, cuando un miembro de un grupo actúa de mala fe, a las espaldas de sus compañeros o excompañeros, «poco más podría hacerse salvo tratar de llegar a un acuerdo entre las partes», explica la abogada especializada Paula Sánchez, sobre todo si el grupo es nuevo o poco reconocido.

Pero si se trata de un grupo muy conocido, ahí la cosa cambia, apunta la abogada. Si un grupo se encuentra con que un miembro se la ha jugado y ha registrado solo a su nombre el de la banda, el grupo puede oponerse a la solicitud alegando notoriedad de su nombre y presentando pruebas de ello, como queda recogido en la Ley de Marcas. Ante una marca notoria registrada de mala fe, como sería el caso de que alguien hubiera inscrito «Rosalía» cuando Malamente era una canción omnipresente pero su autora aún no había pasado por la Oficina de Patentes, se puede prohibir el uso de una marca que crea confusión con otra notoriamente conocida.

Y todavía habría una tercera vía para batallar judicialmente, un mínimo resquicio. En la música, muchos nombres de grupos tienen un diseño específico que les acompaña, al igual que los logotipos de cualquier marca. Si hay pelea por el uso del nombre de la banda y no hay acuerdo, lo que sí puede pelearse es ese logotipo, «un dibujo que ostenta derechos de propiedad intelectual por su mera creación», indica Sánchez. «Si estos diseños son propiedad de otro de los integrantes del grupo o del grupo en general, podrían evitar que se utilizara dicho diseño en el registro como marca mixta, aunque nunca el nombre que lo acompaña», aclara. De manera que una estrategia para litigar por el nombre del grupo sería evitar que la parte contraria utilice el logotipo y, de esta manera, «solo la palabra, la marca denominativa, perdería la esencia y en ese punto existiría la forma de negociar encontrándose ambas partes en igualdad de condiciones», aunque la letrada considera que es una opción compleja y no aplicable a todos los casos.

Belén Álvarez, abogada experta en propiedad intelectual de Gabeira y Asociados, aconseja que los nombres de los grupos se registren como marca bajo la titularidad de todos los componentes del grupo. Y, para ello, considera que es necesario «pactar mediante un acuerdo por escrito que si uno de los miembros se separa del grupo, su porcentaje de titularidad sobre la marca pasa de manera automática a ser titularidad del resto». «De esta manera se evitan eventuales problemas con ese miembro que abandona el grupo», aclara. 

Cuando un grupo ha tenido éxito pero sus componentes no se soportan y deciden irse cada uno por su lado, el nombre puede ser una lucrativa presa que cuesta dejar de morder. Así sucedió en España con Baccara, un dúo con vocación internacional de música disco que cantó hits de la época que se siguen escuchando y versionando hoy, como Yes Sir, I Can Boogie, Sorry, I’m A Lady o The Devil Sent You to Laredo. Mayte Mateos y María Mendiola, dos componentes del ballet de Televisión Española, formaron el grupo en 1977 pero para 1981 ya se habían separado, peleadas por el protagonismo de sus voces en la última grabación que hicieron juntas. Iniciaron sus carreras en solitario, con poco éxito, así que, a pesar de la mala relación y conscientes del tirón de la marca Baccara, cada una se buscó una pareja diferente y ambas grabaron discos utilizando el mismo nombre, desde mediados de los 80 hasta la actualidad. Pasaron 35 años sin hablarse pero tanto Mateos como Mendiola tenían derecho a usar el nombre de Baccara y así lo han ejercido hasta el fallecimiento de María Mendiola el pasado año. No obstante, la que fuera última compañera de Mendiola, Cristina Sevilla, ha reclutado una nueva cantante, Helen De Quiroga, y ha decidido continuar con su Baccara.

Gipsy Kings, una formación francesa gitana que tuvo un gran éxito con hits como Bamboleo o Volare y recientemente han colaborado con C. Tangana, se han peleado en los juzgados franceses. El miembro original y cocompositor de las primeras canciones Chico Bouchikhi fue expulsado –por decisión unánime del resto de componentes– y formó Chico and the Gypsies. Posteriormente reclamó el uso del nombre y quiso impedir que los miembros restantes lo utilizaran. Además, pidió una indemnización por su expulsión. Pero ni el primer tribunal que juzgó el caso en Francia ni el de apelación le dieron la razón. La sentencia concluyó que Gipsy Kings es un «seudónimo colectivo» que «solo puede ser usado por el consentimiento unánime de los interesados» y animaba a Chico Bouchikhi a que continuara su carrera con otro nombre y, si quería, pudiera recordar públicamente que él era «un antiguo miembro de Gipsy Kings».

Según la justicia francesa, que según la abogada experta en propiedad intelectual Carla Bragado es de las que más sentencias generan en esta materia, un nombre de grupo es «un nombre colectivo» y un «derecho indiviso» que resulta «inseparable de la existencia del grupo que designa y de su expresión artística original», por lo cual pertenece conjuntamente a los miembros del grupo, no solo a los originales que decidieron cuál sería el nombre sino también a los que se incorporaran posteriomente a lo largo del tiempo. Por tanto, aunque Chico Bouchikhi había dado conciertos usando el nombre Gipsy Kings a la vez que los otros componentes también lo hacían, su expulsión había sido legítima y no tenía derecho a usarlo. 

Otro grupo que vivió una extraña duplicidad en Francia, hasta que una sentencia acabó con ello, fue el chileno Quilapayún, que se había formado a mediados de los 60 con Víctor Jara como director artístico y que apoyó decididamente el Gobierno de Salvador Allende. El golpe de Estado le pilló en Francia y a partir de ahí sus miembros permanecieron en el exilio. Con los años, algunos de sus músicos se enfrentaron al líder, Rodolfo Parada, y acabaron creando una escisión con el mismo nombre. Parada registró Quilapayún a su nombre en Chile y Europa. Pero, tras un proceso legal de diez años, el Instituto Nacional de Propiedad Industrial de Chile concedió el uso de la marca en ese país al grupo escindido. Otros 10 años después, en 2020, una resolución de la Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea ha reconocido el derecho del uso del nombre a los que se fueron.

Cuando, cinco años después de haberse formado, el grupo británico Suede quiso dar el salto a Estados Unidos en 1994 con su segundo álbum, Dog Man Star, se encontró con que la cantante de jazz Suede, de Massachusetts, llevaba sacando discos con ese nombre desde 1988. Ese es el motivo por el que ese país es el único lugar en el que la banda de Brett Anderson se llama The London Suede. El grupo podría haberlo peleado porque la cantante no se dirigió a la oficina de patentes estadounidense hasta tres meses después de que la banda británica lanzara su primer disco, pero los precedentes no son alentadores. Ni tan siquiera dos miembros originales de The Doors, Robby Krieger y Ray Manzarek, pudieron utilizar el nombre The Doors of the 21st Century para dar conciertos en el año 2003 sin que les cayera una demanda de los herederos de Jim Morrison y del otro miembro vivo, el batería John Densmore.

En EEUU, cada caso es un mundo y en gran medida depende del dinero que se tenga para pagar un buen abogado. Los componentes del mítico grupo de hard rock de los años 60 y 70 Steppenwolf intentaron por todos los medios que el exbajista Klaus Kassbaum pudiera anunciar sus conciertos en solitario como «antiguo miembro de Steppenwolf», «miembro original de Steppenwolf» o «miembro fundador de Steppenwolf». Lo perdieron en los tribunales.

Las demandas pueden venir no solo de miembros de la banda sino de las compañías discográficas o también de management, como cuando la empresa que había ostentado el management de Deep Purple demandó a un antiguo miembro por usar ese nombre, así como New Deep Purple, en sus actuaciones. Ganó la compañía porque, existiera el grupo o no –ha tenido diferentes formaciones–, seguía generando derechos.

Hacer pasar el nombre del grupo por una obra de arte, como lo son los discos o las actuaciones, parecía una buena idea, pero no cuela en los tribunales.

Una de las características del caso Triana es que los litigantes han basado el conflicto no en el derecho de marca sino en la propiedad intelectual, como si el nombre, en su calidad de concepto artístico, fuera una obra musical. Por tanto, y desde este rocambolesco punto de vista, el demandante Eduardo Rodríguez Rodway acusó a los otros miembros de plagio. «Defensa esta que el juez no ha asumido, en mi opinión muy acertadamente, puesto que tal y como él mismo establece, el fundador vivo del grupo no ha sido capaz de demostrar qué obras han sido plagiadas o utilizadas sin su autorización», explica Paula Sánchez, abogada de Sympathy for the Lawyer. «Por un lado, se ha demostrado que las obras utilizadas no son de su titularidad, sino de otros componentes, y por otro, un género musical, un legado cultural o ideas en general no están protegidos por derechos de propiedad intelectual. Carece de sentido la defensa de la protección del género en general o del legado cultural, puesto que las ideas no se protegen», señala.

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