El juez Peinado considera «fundamental» a Pedro Sánchez en los delitos de los que acusa a Begoña GómezPedro Águeda, Elena Herreraon octubre 2, 2025 at 5:56 pm

El juez Peinado considera "fundamental" a Pedro Sánchez en los delitos de los que acusa a Begoña Gómez

El magistrado atribuye a la figura del presidente del Gobierno «la conexidad» que esgrime para que un mismo tribunal del jurado juzgue los presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo profesional

El juez Peinado pretende que un jurado popular se encargue también de juzgar a Begoña Gómez por otros cuatro delitos

El juez Juan Carlos Peinado alude directamente a Pedro Sánchez en el último salto de la investigación contra la mujer del presidente del Gobierno. En un auto dictado este miércoles, y al que ha accedido elDiario.es, Peinado considera que la “relación de parentesco” entre ambos “es la causa que se considera fundamental para poder apreciar la posible concurrencia del delito de tráfico de influencias y, como consecuencia de ellos, los posibles restantes delitos”.

“Sin ese vínculo con el actual presidente del Gobierno, difícilmente ella, y los otros investigados [la asistente Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés] pudieron poner en práctica las conductas” que el juez considera “constitutivas” de delito, recoge la resolución judicial del magistrado. 

Peinado dictó el miércoles un auto por el que ordenaba la transformación de la pieza principal contra Gómez en un procedimiento por el tribunal del jurado, la misma resolución que adoptó la semana pasada respecto a la pieza separada en la que investiga un delito de malversación. 

En este auto el juez argumenta por qué los supuestos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo deben acabar, de confirmarse su instrucción, en un segundo juicio ante un tribunal compuesto por ciudadanos legos en derecho. 

La importancia que Peinado atribuye a Sánchez es tal que convierte al presidente del Gobierno en la figura que asegura “la conexidad” entre el tráfico de influencias y el resto de delitos de esta pieza principal y, por tanto, permite agrupar la acusación para que los cuatro delitos sean juzgados en una misma vista por un tribunal del jurado. 

La alusión a Sánchez es la culminación de un esfuerzo argumentativo de Peinado para sostener que vaya a juzgar los cuatro delitos por un segundo tribunal del jurado. En esa tarea incluye alusiones a las piezas separadas en casos como Púnica o una sentencia del antiguo presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Manuel Marchena.

La denuncia de Manos Limpias

El magistrado inició la causa en abril de 2024 tras recibir una denuncia del pseudosindicato ultra Manos Limpias sustentada en informaciones de prensa, algunas directamente falsas, y la que se acusaba a Begoña Gómez de haberse valido de su condición de esposa del presidente del Gobierno para recomendar a empresarios, como el investigado Juan Carlos Barrabés, adjudicatario de contratos públicos.

Según Manos Limpias, el empresario y la UTE de la que participaba se vieron beneficiados en dos adjudicaciones por las “cartas de recomendación” que recibió de la mujer del presidente. En realidad, Begoña Gómez firmó una declaración de interés que Barrabés presentó en ese concurso, donde acreditaba que el máster que ella dirigía iba a colaborar con el programa de formación al que optaba Barrabés. Era una carta tipo: idéntica a la que firmaron 32 personas más. Entre otras, la directora de la Agencia de Empleo del Ayuntamiento de Madrid. 

La Fiscalía Europea asumió esa parte de la investigación ante la existencia de fondos europeos. Entonces, Peinado optó por investigar si Begoña Gómez podría haber tenido algún tipo de influencia en los otros contratos públicos con distintas administraciones que obtuvo una empresa de Barrabés por 21 millones de euros. 

Asimismo, el juez investiga si la esposa de Sánchez incurrió en el delito de intrusismo por firmar un pliego en una licitación de la Complutense, donde codirigía una cátedra; y si cometió apropiación indebida por registrar el logo de la página web de los dos másteres que impartía en esa universidad y por los que cobraba 15.000 euros anuales.

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