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Lunes, 12 de diciembre de 2022

PSOE y ERC pactan dejar en tres años de prisión la malversación sin ánimo de lucro

Firma Arturo Puente, Oriol Solé Altimira

Publicado originalmente en elDiario.es

2 min de lectura

El PSOE y ERC han encauzado la rebaja de la malversación y han pactado que el nuevo Código Penal castigue con hasta tres años de cárcel, frente a los ocho del actual, el delito en los casos en que no haya ánimo de lucro. Así consta en la enmienda transaccional que ambos grupos han registrado en el Congreso.

El nuevo Código Penal rediseña el delito de malversación después de que el PP, en 2015, elevara y equiparara las penas tanto para los casos en que se sustraían fondos públicos para usos privados como los que el dinero se destinaba a un gasto público, pero prohibido o distinto al previsto.

El PSOE y ERC introducen dos nuevos artículos para castigar otros tipos de malversación: el primero castiga a la autoridad o funcionario que "sin ánimo de apropiarse" del patrimonio público, lo destine a "usos privados". Este tipo queda en una pena de seis meses a tres años de cárcel e inhabilitación de uno a cuatro años. Pero si no se reintegran los "elementos del patrimonio público distraídos" los diez días siguientes al del inicio del caso, se podrá castigar con hasta ocho años de cárcel, igual que la malversación con ánimo de lucro.

La enmienda introducida distingue entre tres tipos de malversación diferente, según sus grados. Así, el artículo 432 castigará la apropiación de caudales públicos con un rango de penas que va de los 2 a los 6 años de prisión, y de 4 a 8 si es agravado. El artículo 432 bis introduce la salvedad del uso de patrimonio público para fines privados pero sin ánimo de lucro personal ni de terceros, que llega a un máximo de tres años de prisión. Por último, en el artículo 433 se castiga destinar patrimonio público para usos diferentes al previsto con hasta 4 años pero, en el supuesto de que no hubiera "entorpecimiento grave del servicio al que estuviera consignado" podría quedar en una inhabilitación y una multa y, por tanto, sin pena de prisión.

Fuentes de ERC consideran que, si bien sus cargos no han cometido a su parecer delito alguno, en todo caso la Justicia podría aplicarles el tercero de estos artículos sobre la malversación y en su grado rebajado, por lo que las condenas podrían quedar en una inhabilitación y multa. En el peor de los casos, añaden estas fuentes, la pena de prisión sería de 1 a 4 años y no de 8 a 12, como sucede actualmente al aplicarse el tipo más agravado.

Atribución

Firma
Arturo Puente, Oriol Solé Altimira
Publicación original
12 de diciembre de 2022, 17:51 h

Las noticias de esta web se publicaron originalmente en elDiario.es. Cada pieza conserva su firma y la fecha y hora de su publicación original.

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