Lunes, 21 de noviembre de 2022
La instrucción de la Fiscalía rechaza rebajar penas a violadores si siguen vigentes en la ley del 'solo sí es sí'
La Fiscalía General del Estado ha emitido este lunes un decreto sobre el criterio que han de seguir los fiscales en los casos de revisiones de penas a delincuentes sexuales en aplicación de Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley del 'solo sí es sí'. La instrucción establece que no se revisarán las condenas cuando la pena impuesta en la sentencia sea susceptible de ser impuesta con arreglo al nuevo marco legal resultante de la reforma. Es decir, la revisión sólo procederá cuando la pena impuesta exceda en abstracto la que correspondería imponer en aplicación de la nueva ley.
El Ministerio Público afirma, no obstante, que cada procedimiento deberá ser analizado individualmente y "huyendo de automatismos" que impidan valorar las circunstancias de cada caso. El documento se publica en plena polémica por la decisión de algunos tribunales territoriales de rebajar penas a condenados por delitos de violencia sexual tras la entrada en vigor de la norma.
La polémica por las excarcelaciones basadas en la interpretación judicial de la nueva ley han llegado hasta lo más alto del Ejecutivo de coalición. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, afirmó hace unos días desde Bali que esperarían a que los tribunales unificaran doctrina para decidir si la ley del 'solo sí es sí' era sometida a alguna modificación, algo que rechaza la ministra de Igualdad, Irene Montero. Varios tribunales han interpretado hasta la fecha que la norma permite rebajar condenas de forma retroactiva mientras que otros entienden que se pueden aplicar las restricciones de las disposiciones transitorias de versiones anteriores del Código Penal.