El PP presenta otra ley para renovar el Poder Judicial con medidas del acuerdo con el PSOE que Feijóo después rompió
El grupo parlamentario popular en el Congreso ha registrado una proposición de ley para renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que incluye algunos de los puntos del pacto que alcanzó el PP con el PSOE en la última negociación para renovar el órgano de gobierno de los jueces que y que rompió el propio líder del partido, Alberto Núñez Feijóo, en los últimos compases de esas conversaciones. En aquel momento, ambos partidos acordaron, entre otras cosas, que los jueces que entraran en política no pudieran poner sentencias hasta pasados dos años de su cese.
Según ha adelantado El Mundo y ha confirmado este diario por fuentes de la dirección del PP en el Congreso, el grupo parlamentario presentó el 30 de diciembre una iniciativa en la Cámara Baja para recuperar la propuesta que en los últimos años ha esgrimido la formación como excusa para no renovar el Poder Judicial: que sean los jueces los que elijan a los jueces.
Además, el texto incluye varias de las medidas que Feijóo y Pedro Sánchez pactaron este otoño como parte de la negociación infructuosa para desbloquear ese órgano, como que los jueces que entren en política no puedan volver a la Justicia hasta un tiempo después de cesar o que los magistrados elegidos para el Tribunal Supremo tengan al menos 20 años de antigüedad en la carrera judicial.
Aunque desde el entorno del PP trasladan que lo plasmado en la iniciativa recoge lo que pactaron Esteban González Pons y el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, en las últimas negociaciones, hasta ahora lo único que había trascendido de aquel acuerdo es lo referente a las puertas giratorias, especialmente, que los jueces y magistrados que sean nombrados para cargos de elección política o de gobierno no puedan poner sentencias en los dos años posteriores a su cese.
El texto establece que los jueces o magistrados que sean elegidos para puestos en el Parlamento Europeo, el Congreso, el Senado, las asambleas autonómicas o corporaciones locales, o cuando sean nombrados para un cargo política de confianza por encima de director general, "no podrán reingresar al servicio hasta dos años después del cese" y, si solicitan el reingreso, "durante los dos años siguientes a su cese quedarán adscritos al CGPJ" para prestar servicio especial "de carácter gubernativo que el órgano les asigne".
PSOE y PP también pactaron en esas reuniones exigir una antigüedad de 20 años de “servicio activo en la carrera judicial” para ser nombrado magistrado del Tribunal Supremo, por los 15 que se prevén en la actualidad. El PP añade a este punto un requisito de antigüedad mínima de 15 años para los magistrados que acceden a las audiencias provinciales y tribunales superiores de justicia y sus salas. Sobre este aspecto, incluye también algo que sí había negociado con el PSOE: reforzar la mayoría con la que los presidentes de esos tribunales son elegidos, para pasar de una simple a una de tres quintos de los vocales del Poder Judicial. Ese cambio supondría revertir la anterior reforma que hizo el PP con la mayoría absoluta de Mariano Rajoy.
Este cambio de mayorías también regiría para el vicepresidente del CGPJ y los presidentes de sala de la Audiencia Nacional, así como para el magistrado del Supremo "competente para conocer de las actividades del Centro Nacional de Inteligencia" y su sustituto.
El vicesecretario del PP Juan Bravo ha comentado esta mañana el contenido de la propuesta que avanzaba El Mundo y ha reconocido que contempla las medidas que su partido pactó con el PSOE. "El presidente Feijóo estuvo sentado con el presidente Sánchez con esa idea de la independencia [de la Justicia]. Era un pacto, un acuerdo grande por la Justicia, pero Sánchez decidió que derogar el delito de sedición era un pacto al que no podía renunciar", ha dicho este martes sobre aquel acuerdo que Feijóo rompió después de la presión de algunos medios de comunicación y de las críticas a un eventual pacto que en aquellos días verbalizó la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.
La nueva proposición de ley de la formación conservadora se centra sin embargo en algo que, por lo publicado, nunca se acordó con el PSOE en aquellas conversaciones. El PP propone un nuevo modelo de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial para los doce asientos que corresponden exclusivamente a jueces sean elegidos por voto directo de sus compañeros, que podrían votar hasta un máximo de seis candidatos en una lista abierta.
La regulación actual contempla en su artículo 567 que el nombramiento de los vocales del Poder Judicial corresponde a las Cámaras. El Congreso y el Senado eligen por mayoría de tres quintos de sus miembros a diez vocales respectivamente: cuatro "entre juristas de reconocida competencia con más de quinta años de ejercicio en su profesión" y seis "correspondientes al turno judicial".
La iniciativa del PP contempla la modificación de ese artículo para que establezca que "los doce vocales del turno de procedencia judicial serán elegidos por y entre jueces y magistrados de todas las categorías judiciales que se encuentren en servicio activo". A partir de ahí, propone algunos criterios: de esos 12 vocales, "dos serán magistrados del Tribunal Supremo, tres con antigüedad superior a 25 años y siete sin sujeción a antigüedad". También incluye que los "elegibles" no podrán haber sido "cargo electo, miembro del Gobierno de la Nación o de los consejos de gobierno de las Comunidades Autónomas", así como tampoco "cargos orgánicos en un partido político y organización sindical en los últimos cinco años".
El PP también introduce cambios en los requisitos para los ocho vocales que las Cámaras eligen entre juristas: no podrán ser elegidos quienes se encuentren en una "situación administrativa distinta" a la del servicio activo durante al menos los cuatro años anteriores y, además, si en los cinco años anteriores han sido "miembros del Gobierno de la Nación o de los consejos de gobierno de las Comunidades Autónomas o titulares de una Secretaría de Estado"; "hayan ostentado la condición de diputado" en el Parlamento Europeo, en el Congreso, Senado o en cámaras autonómicas o municipales o hayan sido "cargo orgánico en un partido político u organización judicial".