
El Ministerio Público critica que Peinado haya tachado de “corrupta” cualquier actividad realizada por la esposa de Pedro Sánchez “como si de una trama u organización criminal se tratara»
Begoña Gómez pide anular el auto de Peinado para llevarla a juicio y ve “inaceptable” que compare a Sánchez con Fernando VII
La Fiscalía pide el archivo de la causa contra Begoña Gómez tras la decisión del juez Juan Carlos Peinado de proponer que vaya a juicio por delitos de malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida. En un recurso contra esa decisión del magistrado, el fiscal José Manuel San Baldomero reclama el sobreseimiento para la mujer del presidente del Gobierno y los otros dos investigados dado que considera que “no hay delito”.
En el escrito, al que ha tenido acceso elDiario.es, el fiscal carga contra el juez Peinado y critica que haya tachado de “irregular, corrupta y delictiva” cualquier actividad realizada por la esposa de Pedro Sánchez “forzando la conexión de actividades profesionales o cotidianas e institucionales como si de una trama u organización criminal se tratara”.
También cuestiona la forma de instruir del magistrado: “Echando la vista atrás, en los dos años de instrucción, a la vista de las resoluciones judiciales dictadas, no hemos comprendido bien en muchos momentos qué se investigaba y cuál era el objeto de numerosas diligencias”. No obstante, también apunta que, aunque no sean delito, hay “determinadas cuestiones que pueden no resultar éticas ni deseables en un Estado democrático y una Administración transparente” y que “resulta necesario huir de situaciones de riesgo o dudas sobre la rectitud de los funcionarios públicos y la desviación de poder”.
El fiscal trata de rebatir las atribuciones que hace el juez para intentar llevar a juicio a Begoña Gómez. Respecto al delito de tráfico de influencias, recuerda que para que exista este delito debe haber una “presión moral” eficiente sobre un funcionario y un beneficio económico que no se da en este caso, dado que la cátedra que Begoña Gómez codirigió en la Universidad Complutense y que centra la imputación por este delito no era remunerada.
“Aparte de ser un caso de corrupción poco rentable, induce a evidente confusión: no hay beneficio por retribuciones derivadas de la Cátedra TSC creada el 30 de octubre de 2020. La retribución es cero”, subraya.
En relación con el delito de corrupción en los negocios, el recurso rebate la tesis del juez de que el dinero captado para la cátedra fuera una “fachada” para que las empresas financiadoras obtuvieran ventajas en adjudicaciones públicas. “Entendemos que estamos ante una mera conjetura, una hipótesis carente de base, surgida de la nada en esta fase para tratar de justificar algo que no se sostiene racionalmente”, sostiene.
Además, el fiscal considera jurídicamente insostenible aplicar este delito a la financiación de una cátedra en una universidad pública, ya que este artículo del Código Penal está diseñado para proteger la competencia en el sector estrictamente privado. “Creemos que el tipo penal resulta tan forzado como los intentos de deformar los hechos para que encajen en él”, puede leerse en su escrito.
Sobre la supuesta apropiación indebida del software vinculado a la cátedra, el representante del Ministerio Público afirma que el producto en sí, el software, “no fue registrado a su nombre, ni parece que existiera intención de hacerlo”. Y añade que el uso que hubiera podido hacerse de ese software en páginas y dominios registrados a nombre Begoña Gómez cuando todavía estaba en período de pruebas no constituye un delito de apropiación indebida.
El juez también dedicaba parte del auto a tratar de evidenciar cómo la asesora Cristina Álvarez actuó como asistente privada de Begoña Gómez, lo que, a su juicio, constituye un delito de malversación. A este respecto, el fiscal rechaza que el uso de la asistente para realizar gestiones de la cátedra sea malversación. Afirma que no existe un “perjuicio” para las arcas públicas, que no hay una regulación concreta y normativa respecto de la asistente del cónyuge de presidente del Gobierno y que la asesora cumplió estrictamente con las funciones de su cargo.
En otro escrito, el fiscal reclama de nuevo el sobreseimiento libre de las actuaciones y afirma que en caso de que la Audiencia Provincial de Madrid entienda procedente la apertura de juicio oral, se dé traslado al Fiscal nuevamente a fin de formular escrito de conclusiones provisionales, donde reclamará la absolución de Begoña Gómez, la asistente Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés.
Petición de 24 años de prisión
La defensa de Begoña Gómez reclamó el pasado lunes a la instancia superior que anule el auto de Peinado. En su escrito, la defensa de la mujer del presidente del Gobierno calificaba de “absolutamente inaceptable” la comparación que hizo el magistrado de Pedro Sánchez con el régimen absolutista de Fernando VII.
En el escrito, su abogado, Antonio Camacho, afirmaba que “los delitos que son objeto del presente procedimiento, o bien no se hallan en absoluto acreditados, o bien no encajan en las conductas desarrolladas”. Y cuestionaba la “rapidez inusitada” con la que el juez dio carpetazo a la investigación.
Por su parte, la acusación popular dirigida por la asociación ultracatólica Hazte Oír ha solicitado una pena de 24 años de cárcel para Begoña Gómez, 22 años de prisión para la asistente y seis años para el empresario.
En el escrito sostiene que desde el momento en el que Pedro Sánchez llegó a La Moncloa “aumentó la proyección institucional” de Begoña Gómez así como su capacidad de influencia tanto ante la administración como en sectores privados. Apunta que, de esa forma, pudo acceder a directivos de grandes empresas gracias a esos “vínculos personales” y que también “accedió a la posibilidad de utilizar medios y recursos públicos para fines privados, laborales, mercantiles y/o universitarios”.
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